www.wadhoo.com VERSIÓN IMPRESIÓN Convocatoria de subvenciones deportivas en Sotillo de la Adrada La concejalía de Deportes del Ayuntamiento asigna 10.000 euros para los clubes deportivos sotillanos PRIMERA.- Se convoca la concesión de subvenciones destinadas a la promoción y realización de actividades deportivas por importe de 10.000 Euros con cargo a la aplicación presupuestaria 10-4-22608, el presupuesto municipal del año 2010. SEGUNDA.- Podrán solicitar las subvenciones objeto de esta convocatoria los Clubes deportivos, reglamentariamente inscritos y sin ánimo de lucro que tengan como objetivos la promoción y desarrollo del deporte en nuestra localidad. TERCERA.- Las solicitudes irán dirigidas al Sr. Presidente de CUARTA.- Las peticiones se formularán con instancias normalizadas, según el anexo I, acompañadas de la siguiente documentación: a) Proyecto detallado de b) Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad a realizar, con especificación de los recursos disponibles para su realización. c) Declaración jurada de las subvenciones concedidas o solicitadas a cualquier otro Organismo público o Entidad privada para dicha actividad o programa. d) Programa general de actividades a realizar durante el temporada 2.009-2.010. Si surge alguna pequeña variación no prevista, deberá comunicarse y justificarse antes del fin del ejercicio acompañada de la instancia normalizada. e) Fotocopia del CIF de QUINTA.- En la publicidad referente al proyecto subvencionado se hará constar el Patrocinio o colaboración del Ayuntamiento de Sotillo de SEXTA.- El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, a partir de la publicación de la convocatoria. Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán desestimadas. SÉPTIMA.- Una vez concedida la subvención, se comunicará su importe al interesado que podrá optar para su cobro por alguna de las siguientes modalidades: a) Solicitud de un anticipo del 40 % de la cantidad concedida, y una vez realizada la actividad y justificada en su totalidad, solicitud del 60 % restante. b) Solicitud del 100 % de la subvención concedida acompañando la justificación del gasto realizado. Los justificantes de gastos deberán ser originales. El libramiento de las subvenciones concedidas será hecho efectivo en función de las disponibilidades de Tesorería en cada momento. OCTAVA.- Los proyectos o actividades subvencionadas habrán de realizarse en la temporada 2.009-2.010. NOVENA.- El importe concedido en ningún caso superará el 50 % del coste de la actividad o proyecto subvencionado. DECIMA.- Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria serán compatibles con cualquier otra percibida por le solicitante para la realización del proyecto pero en ningún caso la concurrencia de todas ellas podrá superar el coste de la actividad subvencionada. UNDÉCIMA.- DECIMOSEGUNDA.- Los preceptores o beneficiarios de las subvenciones que tengan cantidades pendientes de justificar no podrán percibir la subvención mientras no justifiquen dichas cantidades. DECIMOTERCERA.- Las subvenciones concedidas no podrán ser destinadas a inversiones de infraestructura, adquisición de material inventariable, gastos corrientes de DECIMOCUARTA.- La percepción de subvenciones con cargo a esta convocatoria supone la aceptación automática de todas sus bases.
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